Colombia: nueva ley aumenta penalidad a la violencia contra mujeres
Bogotá, Col., 2 julio 2008 (CIMAC/SEMlac, Ángela Castellanos).- La bancada de parlamentarias de Colombia logró que el Congreso aprobara una ley para aumentar las penas a quienes ejerzan violencia contra las mujeres.
El pasado 10 de junio, luego de ser aprobada por la plenaria de la Cámara de Representantes del parlamento colombiano, pasó a sanción presidencial la legislación que previene, erradica y sanciona toda forma de violencia contra las mujeres, y reforma los códigos Penal, de Procedimiento Penal y la Ley 294 de 1996, referente a la prevención y sanción de la violencia familiar.
"Logramos pasar el proyecto de ley que aumenta las penas de cinco hasta a 40 años, según el tipo de agresión. Ahora sólo resta la sanción presidencial para que entre en vigencia, es decir en un plazo breve", afirmó Sandra Ceballos, representante de la Cámara y quien, junto con las 27 mujeres parlamentarias que integran la bancada femenina en el Congreso, presentó e impulsó este proyecto.
La violencia contra la población femenina en Colombia, además de estar inscrita en un contexto de violencia generalizada en el país, se da en el marco de las relaciones de subordinación y poder que se establecen entre varones y mujeres.
A pesar de que el Estado colombiano ha reconocido que las agresiones contra las mujeres constituyen una violación a los derechos humanos, y a que existe desde 1996 una ley que sanciona la violencia al interior de la familia, ésta continúa siendo asumida como un asunto privado, en el que sólo se debe intervenir cuando la situación es de extrema gravedad.
Por ello, el endurecimiento de las penas para los agresores es una medida que contribuye a sacar el tema del ámbito privado, y que representa un delito merecedor de condenas importantes.
INCREMENTO ESTADÍSTICO
El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses señaló que, entre 1996 y 2000, el aumento de casos de lesiones por violencia familiar ha sido importante.
La tasa ha presentado un incremento estadísticamente significativo de 130 personas lesionadas por 100 mil habitantes en 1996, a 162 víctimas por 100 mil habitantes en el 2000.
En Colombia, como en muchos otros países del mundo, una enorme proporción de los agresores de mujeres son sus actuales y/o anteriores parejas. Así lo demuestra el mismo informe de Medicina Legal, que da cuenta que la distribución, según tipo de maltrato, se comportó de forma similar que en años anteriores.
El mayor porcentaje correspondió a casos de violencia conyugal y de pareja (63 por ciento), seguido por violencia entre otros familiares (21 por ciento), y maltrato a menores de edad (16 por ciento).
Respecto de la edad, se determinó que el grupo más afectado fue el de mujeres entre los 25 y 34 años (43 por ciento de las agredidas por su pareja), seguido por el grupo de 15 a 24 años (29 por ciento). En este sentido, la tasa perteneciente al sexo femenino es nueve veces más alta que la del masculino.
LA LEY
La ley aprobada por el Congreso establece medidas de protección que pueden ser dictadas por autoridades judiciales, como la de ordenar que el agresor se abstenga de entrar al lugar donde reside o trabaja la agredida, a fin de cuidar la integridad de las colombianas y de sus hijas e hijos.
Además del Comisario de Familia (encargado de las entidades que dirimen disputas familiares), Juez de Familia o al Juez Civil del Circuito, también podrá solicitar la mediación del Juez de Paz y el Conciliador en Equidad, para obtener que cese la violencia, el maltrato o la agresión. El agresor será citado inmediatamente a una audiencia de conciliación.
La normativa también es clara en definir la familia para efectos de su aplicación. De acuerdo con el proyecto, integran la familia los cónyuges o compañeros permanentes, el padre y la madre de familia, aunque no convivan en un mismo hogar, los ascendientes o descendientes de los anteriores y las y los hijos adoptivos, así como todas las demás personas que de manera permanente se hayan integrado a la unidad doméstica.
Organizaciones de mujeres han expresado su beneplácito, pero también se han pronunciado para que el gobierno aumente su capacidad para velar por el cumplimiento de las normas que sancionan la violencia contra las mujeres, es decir para que cualifique a los funcionarios de las Comisarías de Familia, dote a éstas con los recursos financieros necesarios, y supervise sistemáticamente su labor.
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El pasado 10 de junio, luego de ser aprobada por la plenaria de la Cámara de Representantes del parlamento colombiano, pasó a sanción presidencial la legislación que previene, erradica y sanciona toda forma de violencia contra las mujeres, y reforma los códigos Penal, de Procedimiento Penal y la Ley 294 de 1996, referente a la prevención y sanción de la violencia familiar.
"Logramos pasar el proyecto de ley que aumenta las penas de cinco hasta a 40 años, según el tipo de agresión. Ahora sólo resta la sanción presidencial para que entre en vigencia, es decir en un plazo breve", afirmó Sandra Ceballos, representante de la Cámara y quien, junto con las 27 mujeres parlamentarias que integran la bancada femenina en el Congreso, presentó e impulsó este proyecto.
La violencia contra la población femenina en Colombia, además de estar inscrita en un contexto de violencia generalizada en el país, se da en el marco de las relaciones de subordinación y poder que se establecen entre varones y mujeres.
A pesar de que el Estado colombiano ha reconocido que las agresiones contra las mujeres constituyen una violación a los derechos humanos, y a que existe desde 1996 una ley que sanciona la violencia al interior de la familia, ésta continúa siendo asumida como un asunto privado, en el que sólo se debe intervenir cuando la situación es de extrema gravedad.
Por ello, el endurecimiento de las penas para los agresores es una medida que contribuye a sacar el tema del ámbito privado, y que representa un delito merecedor de condenas importantes.
INCREMENTO ESTADÍSTICO
El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses señaló que, entre 1996 y 2000, el aumento de casos de lesiones por violencia familiar ha sido importante.
La tasa ha presentado un incremento estadísticamente significativo de 130 personas lesionadas por 100 mil habitantes en 1996, a 162 víctimas por 100 mil habitantes en el 2000.
En Colombia, como en muchos otros países del mundo, una enorme proporción de los agresores de mujeres son sus actuales y/o anteriores parejas. Así lo demuestra el mismo informe de Medicina Legal, que da cuenta que la distribución, según tipo de maltrato, se comportó de forma similar que en años anteriores.
El mayor porcentaje correspondió a casos de violencia conyugal y de pareja (63 por ciento), seguido por violencia entre otros familiares (21 por ciento), y maltrato a menores de edad (16 por ciento).
Respecto de la edad, se determinó que el grupo más afectado fue el de mujeres entre los 25 y 34 años (43 por ciento de las agredidas por su pareja), seguido por el grupo de 15 a 24 años (29 por ciento). En este sentido, la tasa perteneciente al sexo femenino es nueve veces más alta que la del masculino.
LA LEY
La ley aprobada por el Congreso establece medidas de protección que pueden ser dictadas por autoridades judiciales, como la de ordenar que el agresor se abstenga de entrar al lugar donde reside o trabaja la agredida, a fin de cuidar la integridad de las colombianas y de sus hijas e hijos.
Además del Comisario de Familia (encargado de las entidades que dirimen disputas familiares), Juez de Familia o al Juez Civil del Circuito, también podrá solicitar la mediación del Juez de Paz y el Conciliador en Equidad, para obtener que cese la violencia, el maltrato o la agresión. El agresor será citado inmediatamente a una audiencia de conciliación.
La normativa también es clara en definir la familia para efectos de su aplicación. De acuerdo con el proyecto, integran la familia los cónyuges o compañeros permanentes, el padre y la madre de familia, aunque no convivan en un mismo hogar, los ascendientes o descendientes de los anteriores y las y los hijos adoptivos, así como todas las demás personas que de manera permanente se hayan integrado a la unidad doméstica.
Organizaciones de mujeres han expresado su beneplácito, pero también se han pronunciado para que el gobierno aumente su capacidad para velar por el cumplimiento de las normas que sancionan la violencia contra las mujeres, es decir para que cualifique a los funcionarios de las Comisarías de Familia, dote a éstas con los recursos financieros necesarios, y supervise sistemáticamente su labor.
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